lunes, 16 de mayo de 2011

CONGRESISTA JOSÉ MALLQUI Y ALCALDE DE HUARI TEODORO ACUÑA OFICIALIZARON FESTIVAL DEL CHOCLO Y DE LA CHIRIMOYA Y EL 190 ANIVERSARIO DE HUARI.


En la sala Grau del Congreso de la República, se desarrolló con éxito la conferencia de prensa sobre el XII avo Festival del Choclo y la Chirimoya y los 190 Aniversario de Creación Política de la provincia de Huari, jurisdicción de la región Ancash.
En dicho evento que fue facilitado por el parlamentario Ancashino José Mallqui Beas asistieron las autoridades locales encabezados por el alcalde del Gobierno Provincial de Huari, la colonia de los hijos Huarinos así como periodistas de diferentes medios de comunicación de la capital de la república y la zona de Ancash.
Al hacer uso de la palabra el Congresista Mallqui Beas destacó el aporte de los hermanos Huarinos en el desarrollo de la región y del país y felicitó los trabajos en materia ecológica que ostenta dicha ciudad así como la realización del ya tradicional festival de los productos de bandera de la trasandina Huari como es el Decimo Segundo Festival del Choco y la Chirimoya. Así mismo invitó a la población en general a participar de las diferentes actividades con ocasión de celebrarse los 190 años de creación política de dicha ciudad Ancashina.
José Mallqui Beas también manifestó que con la realización de este tipo de eventos se ha buscado reconocer la importancia de los pueblos con sus usos y costumbres, para fomentar el turismo hacia el rosario de pueblos ubicados tanto en el callejón de Huaylas, Konchucos y la zona de las vertientes “Soy un convencido que nuestra región cuenta con pueblos que conservan su identidad, su cultura, su apego a la ecología y ello hay que conservarlo y difundirlo”.
También hicieron uso de la palabra el alcalde de Huari Teodoro Acuña Benités quien agradeció dicho gesto del congresista asi mismo hizo extensivo su invitación para visitar Huari ya que las actividades comprenden una serie de eventos culturales, artísticos, deportivos y religiosos que van del 13 al 19 de mayo.
Finalmente cabe manifestar que en el recinto se degustó los platos típicos de Huauri así como se hicieron presente las danzas ancestrales.

viernes, 6 de mayo de 2011

PROVINCIA DE HUARI LANZARÁ PROGRAMA OFICIAL DE XII FESTIVAL DEL CHOCLO Y LA CHIRIMOYA Y ANIVERSARIO DE CREACION POLITICA EN EL CONGRESO


Todo va quedando listo para la conferencia de prensa a realizarse el próximoViernes 13 de Mayo en el Congreso de la República en la Sala Abelardo Quiñonez a hora 2.30 pm a cargo de las autoridades del Gobierno Provincial de Huari, capital ecológica del Perú. Ello Con motivo del lanzamiento de las actividades oficiales del Decimo segundo (XII) Festival del Choclo y la Chirimoya que se realizará en Huari el 18 de Mayo. Así como las celebraciones de los 190 Años de Creación Politica de Huari.

"Huari, es una tierra Ancashina considerada como una maravilla de nuestra región y del Perú por lo que esperamos a los hijos residentes Huarinos en la capital de la República así como a las autoridades y la caravana de danzantes y musicos de Huari que estarán presentes en dicha conferencia". Dijo el parlamentario José Mallqui, quien además aseguró que para dicha fecha se ha garantizado la presencia de imporatntes medios de comunicación de cobertura nacional.
Por su parte el alcalde de Huari, profesor Teodoro Acuña Benitez manifestó su agrado por el apoyo y las facilidades que viene brindando el congresista José Mallqui por el impulso al turismo y la cultura Huarina a la vez que anunció que se estarán presentando en dicha conferencia y homenaje a Huari las danzas ancestrales de Huari así como todo un paquete eco turistico y se dará a conocer los usos y costumbres de la capital ecológica del Perú.
Huari ubicado en la zona trasandina Zona de los Conchucos es una de las 20 provincias que conforma la región Ancash, Provincia donde está asentado la zona arqueológica más importante del Perú y patrimnio cultural de la Humanidad como es CHAVÍNDE HUÁNTAR.

miércoles, 23 de febrero de 2011

PARLAMENTARIO MALLQUI EXIGE ADOPTAR MEDIDAS PARA PREVENIR DESASTRES NATURALES EN ANCASH.


El Callejón de Huaylas en Ancash, es una zona propensa para la presencia de desastres naturales de proporciones funestas para la población de la circunscripción como es el caso del aluvión producido en el año 1941, que borró del mapa parte de la ciudad de Huaraz pereciendo miles de personas, dicho alud gigantesco se produjo por el desbordamiento de la laguna Palcacocha ubicada en las alturas de Huaraz; área de constantes desprendimientos de glaciares como el reciente deslizamiento del glaciar del nevado Huascarán de unos 150 mil metros cúbicos, en el paraje denominado Ranra, quebrada de Ulta, cercano a las ciudades de Carhuaz y Chacas. Asimismo la Unidad de Glaciología y Recursos Hídricos ha advertido de posibles nuevos desprendimientos de glaciares.

Ante semejante situación y permanente alerta en la prevención de desastres, agudizados por la temporada de lluvias en la zona, el parlamentario José Mallqui Beas ha solicitado entre otros al Ministerio del Ambiente para que en coordinación con los organismos competentes en la materia y con la urgencia que el caso exige se priorice y viabilice gestiones destinadas a desterrar y extinguir el mencionado riesgo en las zonas de objeto de afectación.

Al respecto, mediante Oficio Nº 040-2011-SERNANP-J, la Jefatura del Servicio Nacional de Áreas Protegidas por el Estado (SERNANP) ha formalizado respuesta a la inquietud del congresista Mallqui Beas manifestando que se vienen realizando las coordinaciones correspondientes a través de la Jefatura del Parque Nacional Huascarán a fin de tomar las acciones del caso y reducir los riesgos existentes en las mencionadas zonas.

De otro lado, nueve familias que fueron afectadas por las inundaciones producidas por las torrenciales lluvias que cayeron en el mes de diciembre del año pasado en el lugar denominado Cocha en Huaraz, luego de más de un mes de penosa espera, han recibido la asistencia con bienes de ayuda humanitaria. Lo increíble del caso es que estas familias habían sido olvidadas por las autoridades obligadas en su asistencia y solamente por la intercesión del parlamentario José Mallqui, que ha ejercido enérgica presión, la ayuda se hizo realidad instando a las entidades de socorro para que no se repitan hechos lamentables.

Lima, 23 de Febrero de 2011

miércoles, 9 de febrero de 2011

PROYECTO DE EXPLORACIÓN “LA JOYA” SERÁ DECLARADO NULO

El congresista de la República José Mallqui Beas, inmediatamente tomó conocimiento que Aija se había puesto de pie para impedir la presencia de la empresa minera Geodinamic Cajamarca S.R.L. “Proyecto la Joya” que venía ejecutando trabajos de exploración en zona intangible como es el centro de bofedades y ojos de agua cercanos a la represa de Ayacocha y microcuencas Pallca y Mallqui que discurren en el valle de Aija y Huarmey atentando contra el medio ambiente; en ejercicio de las facultades de control y de fiscalización inherentes a su función congresal, solicitó entre otras entidades al Ministerio de Energía y Minas medidas correctivas a fin de dejar sin efecto la DIA (Declaración de Impacto Ambiental) del proyecto de exploración “La Joya”, a desarrollarse en el distrito y provincia de Aija, departamento de Ancash.

Al respecto, mediante Oficio Nº 209-2011-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas ha formalizado respuesta señalando que la Dirección General de asuntos Ambientales Mineros ha resuelto con fecha 20 de enero del año en curso elevar al Consejo de Minería un cuaderno con las partes pertinentes de la DIA del proyecto de exploración “La Joya”, presentado por Geodinámic Cajamarca S.R.L., a fin de que se declare la nulidad de oficio y; solicitar a dicho Consejo que en el acto de admisión a trámite de la nulidad de oficio, disponga la suspensión de los efectos o la ejecución del acto administrativo materia de nulidad hasta la expedición de la resolución administrativa final.

Dada la importancia que reviste para la población de Aija, Perla de las Vertientes y la provincia de Huarmey, velar por el cuidado y conservación de su única fuente hídrica y el equilibrio ecológico, es que el parlamentario ancashino de raíces aijinas, José Mallqui permanece atento y en constante coordinación y gestión con las autoridades de Aija efectuando un estrecho seguimiento del caso y del informe de la visita inspectiva que efectuaran las Autoridades de la Autoridad Nacional del Agua, Ing. Ramón Gonzales y Autorlidades Locales del Agua de Casma y Huarmey a cinco operaciones mineras: La Joya, Huancapeti, Huinac, MTZ y Señor de Luren, efectuada por espacio de 3 días desde el 03 del presente, en la que estuvo presente y participó el despacho del Congresista Mallqui. La visita de trabajo se centró en la verificación técnica de la afectación de los cuerpos naturales de agua, verificación de los puntos de captación y autorización de uso de las fuentes de agua, así como el monitoreo de los flujos de desecho.

martes, 8 de febrero de 2011

Promocionan carnaval huaracino HUARAZ RECUPERARÁ ESTATUS DE DESTINO TURÍSTICO Y SE REFORESTARÁ LA ZONA


Con el objetivo de recuperar el sitial que tuvo Huaraz como principal destino turístico en el Perú, los legisladores Wilder Calderón (PAP), Fredy Otárola (GPN) y José Mallqui (UN) presentaron una muestra de lo que será el Carnaval Huaracino que se desarrollará del 4 al 12 de marzo próximo.Hasta la Plaza Bolívar, frente al Palaco Legislatvo, llegaron danzantes acompañados de personajes pintorescos que dieron vida a conocidos personajes del ámbito político nacional como los ex presidentes Alejandro Toledo, Alberto Fujimori, los ‘viejitos mañosos’ ‘miss concubina’ e incluso Obama Bing Ladem, todos juntos danzando al compás de una “chuscada huaracina”.
Mallqui Beas sostuvo que no hay pretexto para no asistir a los carnavales huaracinos ya que gracias a gestiones conjuntas que, hicieron todos los representantes de la región se cuenta con una excelente carretera Pativilca – Huaraz, que permite al visitante llegar en cinco horas desde Lima.
Vladimir Meza, alcalde de la provincia de Huaraz anunció que se ha propuesto recuperar la zona como principal destino turístico y que en coordinación con la administración del Parque Nacional del Huascarán se reabrirá la zona para que sea visitada por los amantes de la naturaleza.Del mismo modo, anunció que su administración ha preparado una exposición itinerante para promocionar las bondades del Pastoruri como destino turístico. El Perú es el tercer país en el mundo en sufrir los efectos del calentamiento global y aquí Huaraz es la región más afectada por ese fenómeno. Por ello, el alcalde sostuvo que su administración centrará sus objetivos en trabajar por la concientización de la población.La deforestación de árboles de Capulí, que se cortan en los tradicionales ‘Huachuhualitos’ o cortamontes, ha generado la pérdida de 40 mil árboles de esta especie típica. Para revertir esta situación, el alcalde sostuvo que ha iniciado una campaña de ‘Huachihualito responsable’, que consistirá en sembrar diez árboles por cada uno que se corte.Huaraz, capital de la región Áncash, tiene una treintena de nevados que superan los 6 mil metros de altitud como el Huascarán. A sus pies se extienden valles de impresionante belleza escénica y pueblos que conservan sus costumbres, las que comparten con el turista visitante.En Áncash se desarrolló la cultura Chavín, cuna de las primeras civilizaciones del Perú. Su influencia se extendió por extensas zonas del territorio nacional y llegó hasta las costas del Pacífico.Huaraz brinda posibilidades de turismo rural, de aventura, trekking y turismo de recorrido histórico. El visitante no debe perderse el recorrer el Callejón de Huaylas, la laguna de Llanganuco, la cordillera de Huayhuash, Chavín de Huántar, considerada Patrimonio de la Humanidad por la UNESCO, Chacas, conocido por sus tallados en madera; y el centro ceremonial de Sechín, entre otros.

lunes, 31 de enero de 2011

DISTRITO BOLOGNESINO DE HUASTA CONMEMORÓ SUS 148 AÑOS DE CREACION POLITICA


Con presencia del Congresista José Mallqui Beas y los alcaldes de: Huari, Yaután y Huallanca se cumplió el programa oficial de la festividad de creación política del distrito de Huasta, cuya fecha central fue el viernes 28 de enero.
Para tan magna fecha las autoridades locales encabezados por el alcalde distrital anfitrión profesor Arturo Valderrama Atanacio iniciaron la celebración con la tradicional marcha de la Bandera, el izamiento del bicolor para que luego el sacerdote diocesano Hugo Yauri Ropa celebre la liturgia de la palabra.
Al hacer uso de la palabra el alcalde agradeció la visita del parlamentario ancashino, así como del CPC Modesto Julca Jara y de los alcaldes visitantes así como de las diferentes delegaciones de los pueblos conformantes de su distrito.
A su turno el Congresista José Mallqui se unió a las congratulaciones a la población de Huasta y expresó que desde el poder legislativo no se pueden concretar obras, pero que sin embargo su despacho siempre estuvo y estará al servicio de las demandas populares, también anunció que en breve se iniciaran las gestiones para realizar una conferencia de prensa en el propio Congreso de la República donde se abordará el plan de desarrollo, la visión además de difundir los usos y costumbres de Huasta. “Allí también se reconocerá la labor artística de estos músicos, integrantes de la orquesta Ritmo Andino, que con su arte promocionan a esta generosa tierra Ancashina” Dijo.
En efecto la ceremonia cobró realce cuando las autoridades ediles homenajearon a los integrantes de la afamada orquesta Ritmo Andino de Huasta, quienes fueron declarados hijos ilustres. Luego participaron diferentes estampas costumbristas donde el parlamentario ancashino se confundió con las madres de familia y población en general, así como el Sr. Teodoro Acuña Benitez (alcalde de Huari), Ing. Carmen Rios,(Ong. Chiquián verde) Jorge Jaramillo, (alcalde de Huallanca) y Yerner Huaranga (alcalde de Pacllón).

Lima, 29 de Enero de 2011

lunes, 24 de enero de 2011

JOSÉ MALLQUI BEAS FUE CONDECORADO POR QUINTA VEZ COMO EL MEJOR PARLAMENTARIO DE ANCASH


El premio Atusparia de Oro, galardón que se imparte cada año a las personalidades que destacan en el ámbito regional y nacional fue designado por quinta vez al Congresista Ancashino José Mallqui Beas.
Fue la ex alcaldesa del Gobierno Provincial del Santa, Chimbote, Sra. Victoria Espinoza quien hizo entrega de la estatuilla dorada al Congresista “Pepe Mallqui” en mérito a su destacada labor al frente de los intereses de la región y del Perú entero.
El premio a tan distinguida personalidad fue seguido de una calurosa ovación por parte del respetable en señal de reconocimiento a la labor del parlamentario.
Por su parte los organizadores y los miembros de la mesa de honor coincidieron en resaltar de Mallqui Beas la labor humanitaria a favor de los más pobres, su desprendimiento a favor de causas justas, el honrar a su palabra y sobre todo el haber visitado a los pueblos más alejados de la región Ancash como son: Mangas, Gorgorillo, Conchucos, Pichiu en Pamparomas, Ayash, Jupro en las alturas de San Marcos. Así como Quillo, Coris, Quiches entre otros pueblos de la basta geografía de los andes de Ancash.
“Pepe Mallqui ha demostrado no ser el típico politiquero que se luce en hablar y hablar sino que al contrario actuó con hechos sin sacar provecho alguno. Además que siendo Congresista ha llevado por primera vez a la sede del Congreso de la República a villorios, caseríos y pueblos más alejados de nuestra región. Ello devolvió la autoestima de nuestros hermanos de las vertientes, la zona de los Conchucos, valle fortaleza, zona costa y del callejón de Huaylas” Por todo ello que este premio lo tiene muy bien merecido. Manifestaron los organizadores.
Por su parte el congresista José Mallqui Beas agradeció dicha premiación que no hace más que comprometerlo a continuar sirviendo a los pueblos de Ancash, ahora y en el lugar que se encuentre. Dijo.

sábado, 22 de enero de 2011

SPORT ANCASH INICIO SUS TRABAJOS DE ENTRENAMIENTOS








* La “Amenaza Verde” está a la búsqueda de un golero y delantero de primer nivel y pide que el Gobierno Regional y la Municipalidad de Huaraz cumplan con su promesa electoral de apoyar al cuadro del “Callejón de Huaylas”.
El club Sport Ancash de Huaraz empezó sus trabajos de pretemporada desde el lunes 17 en la cancha del estadio Magallanes de San Miguel bajo la atenta mirada del técnico Francisco Melgar, quien junto a José Ignacio Verme, en dupla técnica, dirigirán al equipo de la “Amenaza Verde” durante la temporada 2011. El objetivo del cuadro ancashino es prepararse con anticipación para lograr el ascenso directo y regreso al fútbol profesional 2012. Un promedio de 30 futbolistas son los que acuden desde el primer día de entrenamiento de la “Amenaza Verde”. Los que quedan de la campaña anterior son: Castro, Torres, Rojas, Bustinza, Cartagena, Castillo, Gómez, Cárdenas, Luyo, Vásquez, Rodríguez, Silva, Morhing, Alvarado, Guerra, Yances, Vidal, y Portillo. A ellos se sumaron como nuevos elementos: Cord Cleque y Marco Lazo como laterales derecho. , Carlos Chávez y Jonathan Condori, como laterales izquierdo. Víctor Alemán y Boris Salvarte en la volantes de marca. Leonel Alguedas y Ricardo Ramos, como volantes de creación, y Christopher Charún, Jorge Chávez, Josimar Gonzáles y Freddy Espinoza, como delanteros. Los trabajos de evaluación continuarán esta semana en Lima y a partir del primero de febrero, una vez definida la plantilla oficial se iniciará la segunda etapa de trabajo de pretemporada en la playa desarrollando trabajos en la arena. La tercera fase de trabajos comenzará cuando se llegue a Huaraz el 15 de febrero próximo. El presidente del club, José Mallqui Beas ha indicado que de todas maneras se contratará a un golero y un delantero de primer nivel proveniente del extranjero. Asimismo, Mallqui Beas mostró su preocupación por que hasta el momento, pese a los innumerables intentos y solicitudes de atención, no ha recibido respuesta alguna del presidente de la Región Ancash, César Álvarez .
Con relación al alcalde provincial Sr. Vladimir Meza ,manifestó que el día lunes 24 se ha comprometido a recibirlo para abordar su apoyo al equipo ancashino .
Tanto el presidente regional como el citado alcalde se comprometieron apoyar al Sport Ancash en plena efervescencia electoral .
Por otro lado el presidente de la escuadra ancashina hizo un llamado público para que las empresas mineras Antamina y Barrick apoyen a la amenaza verde a fin de que se pueda conformar un equipo capaz de lograr el título de la Segunda División y no sufra los inconvenientes de carácter presupuestal, en los últimos años las compañías mineras se han negado apoyar a nuestro equipo aduciendo diferentes motivos.

viernes, 21 de enero de 2011

C0NGRESISTA JOSÉ MALLQUI BEAS INTERCEDE ANTE EL MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS POR CASO DE LAS AGUAS DEL RIO SANTIAGO DE AIJA:


El parlamentario Ancashino José Mallqui Beas por espacio de una hora se reunió con la delegación de la provincia de Aija encabezados por el alcalde del Gobierno Provincial de Aija Aniceto Aguilar con quienes abordaron la delicada situación concerniente a la presencia de la empresa minera Geodinamic Cajamarca S.A.
El presidente de la comisión de regantes Sr. Oscar Patricio refirió que el miércoles último la población Aijina acordó en forma unánime rechazar categóricamente el trabajo de exploración de dicha empresa y de otras similares en razón que se perjudicaría y contaminaría las aguas de consumo humano y de uso agrícola, más aún cuando Aija carece del líquido elemento.
De igual modo el representante de los hijos residentes Aijinos en la capital de la República Francisco Huerta fue enfático en señalar que se luchará en todos los frentes internos y externos para no permitir la presencia minera por que existen malos antecedentes con las pequeñas y grandes empresas mineras.
Como se sabe en la asamblea popular del miércoles 19 de enero, en la tierra del sabio Santiago Antúnez de Mayolo ,Aija, se acordó agotar todo tipo de gestiones en los entes involucrados a fin de anular la presencia minera en dicha zona.
Para tal efecto la comisión se reunió ayer jueves en horas de la mañana con el Ing. Pedro Chávez de la dirección de Energía y Minas del (MEM). Así como también con el Ing. Amarildo Fernández Estela quien en su calidad de director de la Dirección de Gestión de calidad de los recursos hídricos de la Autoridad Nacional del Agua (ANA). Autorizó la visita Aija de un especialista.
Finalmente el congresista de la República José Mallqui informó que su despacho ya había tomado debida cuenta ante el Ministerio de Energía y Minas, Ministerio del medio Ambiente y el ANA. Invocando además que se agoten todas las formas de solución posible.

martes, 18 de enero de 2011

CONGRESISTA JOSÉ MALLQUI INTERCEDE A FAVOR DE LA CONSTRUCCIÓN DEL MERCADO DE COMERCIANTES MINORISTAS DE HUARAZ


El parlamentario José Mallqui Beas haciendo eco de las justas aspiraciones de los Comerciantes Minoristas de Huaraz se dirigió al presidente de la Región Ancash César Álvarez Aguilar así como ante el alcalde del Gobierno Provincial de Huaraz Vladimir Meza Villarreal para hacer realidad en forma conjunta la tan anhelada construcción del Moderno Mercado Minorista de Huaraz.
“En bien de la población de Huaraz y del Callejón de Huaylas y población en general se hace necesario y urgente contar con la construcción de un moderno, seguro y ambiental establecimiento comercial a la altura de la capital de la región Ancash.” Sostuvo.
Como se sabe esta justa aspiración viene siendo impulado por los dirigentes del Frente de Defensa de los Comerciantes Informales Minoristas de Huaraz conformado por la Asociación de Comerciantes de la Feria Andina de Challhua, Asociación de Comerciantes Virgen de Huata de las Américas, Asociación de Comerciantes Minoristas del Pedregal, Asociación de Comerciantes Minoristas de la ex parada Quillcay, Asociación de Comerciantes Los Feriantes de lunes y jueves de ropas importadas y la Asociación de Comerciantes de la Av. Raymondi, quienes este viernes último se apersonaron ante nuestro Despacho Congresal solicitando nuestra intercesión en las gestiones que vienen efectuando.
José Mallqui Beas precisó finalmente que está construcción contribuirá al ordenamiento, formalidad y al bienestar socio económico de la localidad, por lo que inmediatamente solicitó que las autoridades regional y municipal en coordinación con los entes competentes en la materia dispongan las acciones pertinentes destinadas a que la población de Huaraz cuente a la brevedad posible de un Mercado Minorista moderno, cómodo, seguro que permita satisfacer las necesidades más urgentes de la ciudadanía.

miércoles, 12 de enero de 2011

LAGUNAS CONSIDERADAS DE ALTO RIESGO REQUIEREN ACCIONES INMEDIATAS DE LOS ORGANISMOS INTERINSTITUCIONALES


El congresista de la República José Mallqui Beas, quién ante las denuncias de alerta de riesgo inminente de las Lagunas de Parón y Palcacocha, comprometido por la emergencia, con antelación y ante los órganos competentes, ha venido solicitando medidas y/o acciones con carácter de urgente destinadas a asegurar el buen estado de las lagunas de Parón, Palcacocha y de todas aquellas existentes en el Callejón de Huaylas y en la Región Ancash en general.

La reciente declaración del Estado de Emergencia de la cuenca de la laguna Palcacocha, ubicada en la provincia de Huaraz del departamento de Ancash, sin duda va permitir la ejecución de obras de seguridad de mayor envergadura y de imperiosa necesidad, siendo indispensable hoy más que nunca como se comienza a percibir el trabajo coordinado entre el Gobierno Regional de Ancash y la Municipalidad Provincial de Huaraz, así como con el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Ministerio de Agricultura y el Ministerio del Ambiente.

En lo que concierne a la Laguna de Parón resulta indispensable que el Gobierno Regional destine los recursos económicos necesarios para ejecutar los trabajos de regulación de la laguna, mantenimiento del sistema de compuertas y de todo el sistema mecánico, hidráulico, eléctrico y electrónico, conforme lo viene solicitando la Unidad de Glaciología y Recursos Hídricos - Huaraz de la Autoridad Nacional del Agua, gestión en la que viene intercediendo el Despacho Congresal.

El Parlamentario José Mallqui permanece atento e impulsando las acciones correspondientes ante los órganos competentes destinadas a la priorización en la atención de adopción de medidas preventivas que coadyuven en la protección de la población ante posibles desastres naturales.

miércoles, 1 de diciembre de 2010

PROMUNCIAMIENTO DEL PRESIDENTE DEL CLUB “ SPORT ANCASH”

Mediante este medio me dirijo a todos los hinchas del Club , para decirles que si bien es cierto que el fállo de la Comisión de Justicia de la Federación Peruana de Fútbol nos ha sido adverso , no todo esta consumado .
El día de hoy estamos dirigiéndonos a la F.P.F. , para hacerles saber que presentaremos un Recurso de Queja en el plazo que el Reglamento de Justicia Deportiva establece , a fin de que vuelvan a revisar la apelación efectuada y se evalúe y como tal se revise todas las pruebas presentadas ; esto en razón de que la resolución emitida por la CJ-F.P.F no dice nada sobre el extemporaneidad del reclamo de Cobresol , y el hecho de que hayan recurrido a una instancia indebida , ya que el plazo para cualquier reclamo es de 48 horas , improrrogables , tramite que se debió realizar ante la Comisión de Justicia de la Segunda División y no ante la Junta Directiva como lo Hizo Cobresol
Cobresol, reclamo 2 meses y medio después ,además, estamos pidiendo que se haga un peritaje al video que presento “Cobresol” como prueba, un video editado , donde el primer tiempo solo dura 35’ , con claros cortes en su grabación .
Esperamos que nuestro reclamo , justo y dentro de lo que los Estatutos y las Normas Deportivas fijan , se acepte .
En estas ultimas líneas me dirijo a los medios de prensa para disculparme la no posibilidad de atenderlos , espero comprendan el difícil momento que estoy atravesando , en la próxima semana estaré viajando a la ciudad de Huaraz , para brindar una conferencia de prensa.
No estamos muertos , heridos si tal vez , pero aun con la fuerza suficiente para seguir luchando para que se haga justicia .

A todos los hinchas:

Mi saludo y mi agradecimiento por su apoyo , por sus llamadas y mensajes , que han permitido que no desmaye en mi lucha .


Gracias nuevamente.

martes, 30 de noviembre de 2010

CONGRESISTA JOSÉ MALLQUI FESTEJÓ FIESTA PATRONAL CON EL PUEBLO MÁS PUJANTE DEL PERÚ: ¡ESTE LUGAR SE LLAMA QUILLO!


Hace 05 años atrás considerado el distrito más pobre del Perú, hoy es uno de los pueblos más pujantes de la nación, este gran cambio como nunca antes visto, se debe al Sacerdote Luis Palomino Palacios, alcalde del distrito, quien ha sido recientemente reconocido con el premio Buenas Prácticas Gubernamentales, demostrando que a pesar de contar con pocos recursos económicos se hacen obras de envergadura tales como: programas de cadenas productivas, planta de tratamiento de residuos sólidos, cultivo de plantas frutales, manejo de andenes mediante terrazas, creación de la primera escuela de guardaparques del Perú, segunda de América, entre otros.
El parlamentario José Mallqui Beas, invitado de honor, estuvo presente en el distrito de Quillo, “Morada de la luna radiante” , de la provincia de Yungay, región Ancash; viviendo momentos de esparcimiento y confraternidad al celebrar su fiesta Patronal 2010 en Honor a la Santísima Virgen del Rosario, “Mamá Llusha”, celebraciones que se prolongaron desde el pasado jueves 18 hasta el lunes 29 de noviembre.
Dentro de las actividades programadas el congresista inaguró conjuntamente con la Sra. Giuliana Meléndez Lázaro, Presidenta de la Cámara de turismo de la Cuenca de Casma, el Restaurant Turístico Campestre “Rumi Tsuklla” (Choza de piedra) lugar encantador y paradisiaco; asimismo con la presencia del arquero del seleccionado patrio del Mundial de México 70, Lucho Rubiños dieron el Play de Honor en la inaguración del Cerco Perimétrico y Malla Olímpica del Estadio Municipal.
Finalmente el Parlamentario, profundamente emocionado manifestó que cada vez que ha venido a Quillo ha sido para observar una obra más en beneficio del pueblo y recalcó que lo hecho debe continuar como por ejemplo la gran reforma educativa emprendida en la zona.

Lima, 29 de noviembre de 2010

lunes, 15 de noviembre de 2010

CONGRESISTA JOSÉ MALLQUI BEAS COMPROMETIO APOYO PARA CONCRETAR CARRETERA ROCA CUSPÓN Y LLACLLA – CUSPÓN.


En reunión desarrollada en las instalaciones del complejo deportivo EL AYMARINO en la capital de la República a convocatoria del Club Unión Hijos de la Provincia de Bolognesi en coordinación con la Asociación de Hijos residentes del centro poblado de Cuspón el parlamentario Ancashino José Mallqui Beas tuvo palabras de reconocimiento para con la labor de dicha asociación.
Un anhelo justo de los pobladores del centro poblado de Cuspón en la jurisdicción de Chiquián quienes vienen trabajando tanto en Lima como en Huaraz, Barranca y Huacho en diferentes actividades para hacer realidad la carretera a dicho pueblo tanto por la ruta de Roca y de Llaclla para hacer realidad también la RUTA DE LA CANTUTA.
José Mallqui Beas el domingo último entabló dialogo tanto con el alcalde saliente Bladimiro Alvarado así como con el alcalde entrante Ernesto Rivera con quienes dijo continuará coordinando para cristalizar dicha obra.
Y como muestra de ello comprometió su gestión ante la autoridad regional y en breve donará 100 galones de petróleo para los trabajos en dicha carretera.
La respuesta de agradecimiento no se hizo esperar por parte de los hijos Bolognesinos residentes en Lima quienes invitaron al parlamentario a la colocación de la primera piedra a concretarse el próximo 26 de Noviembre en Llaclla.

CONGRESISTA JOSE MALLQUI BEAS PARTICIPÓ ENLA III PLENARIA EN DEFENSA DE LA LAGUNA DE CONOCOCHA.


El parlamentario Ancashino José Mallqui Beas acudió el pasado sábado 13 de noviembre del año en curso a la III Plenaria en defensa de las aguas de la laguna de Conococha desarrollada en el auditorio de la Municipalidad Distrital de Cajacay, provincia de Bolognesi.
En la masiva reunión popular el Congresista de la República dio cuenta de las gestiones efectuadas por su despacho ante el Ministerio de Energía y Minas en cuanto tomó conocimiento del problema, asimismo manifestó su solidaridad con los reclamos de los pobladores del valle Fortaleza, Pativilca y rio Santa por considerarlos justos en vista que, las tres cuencas mencionadas podrían ser afectadas en la eventualidad de que la empresa minera Chancadora Centauro SAC se instale en Conococha “ Hoy más que nuca debemos cuidar los recursos naturales, más aún si se trata del agua como es la laguna de Conococha que se ubica en la cabecera de cuenca”.
También agregó “No estamos en contra de las inversiones sino que estas se deban dar en un marco de consulta comunal y de pleno respeto y cumplimiento del compromiso social y ambiental”.
Cabe indicar que la reunión contó con la presencia de dirigentes del Frente Regional de Defensa de la Laguna de Conococha, la Federación Departamental de Ancash (FADA),FEDIP Recuay, Comunidad Campesina de Huambo, Pampas Chico, Cajacay, Colquiock, Raquia, así como de los alcaldes distritales de Cajacay(anfitrión)y Huallanca y de los entrantes el alcalde provincial de Bolognesi y del mismo Cajacay.

miércoles, 10 de noviembre de 2010

APELACION DEL CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH SOBRE EL RECLAMO PRESENTADO CONTRA EL CLUB COBRESOL SOBRE EL INCUMPLIMIENTO DE LA BOLSA DE MINUTOS SUB 20


Sumilla : Presenta Recurso de Apelación
SEÑOR PRESIDENTE DE LA COMISION DE JUSTICIA DE LA ADFP-SD

CLUB DEPORTIVO SPORT ANCASH, debidamente representado por su José Eucebio Mallqui Beas, identificado con DNI 06001911, de conformidad con lo establecido en los artículos 123º y 124º del Reglamento Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol, en el plazo reglamentario procedo a interponer RECURSO DE APELACION contra la Resolución No. 0103-CJ-ADFP-SD-2010, con la finalidad que los actuados sean reevaluados por el Superior Jerárquico y en su oportunidad resuelva declarando fundado el presente recurso impugnatorio, por los fundamentos de hecho y de derecho que paso a exponer:

1. ERRONEA APLICACIÓN DEL DERECHO
Señor Presidente, conforme procederemos a demostrar en el presente recurso de apelación, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD ha cometido errores en cuanto a la aplicación de las normas reglamentarias, derivando en conclusiones que carecen de todo sustento normativo y jurídico. Con dicha finalidad procederemos a continuación a detallar la reglamentación aplicable al presente caso que ha sido omitida o indebidamente aplicada.

1.1. Organización del Fútbol y órganos directrices y normativos
Señor Presidente, como es de su conocimiento, las reglas que rigen el fútbol a nivel mundial son aprobadas por la International Football Association Board (IFAB) de la cual la Fédération Internationale de Football Association (FIFA) es miembro y son conocidas como las “REGLAS DE JUEGO”. Resulta importante resaltar que con fecha 1º de julio de 2009 entraron en vigor las nuevas “Reglas de Juego” para el período 2010/2011, las mismas que fueron aprobadas en la 123ª Reunión General Anual de la IFAB celebrada en Newcastle, Irlanda del Norte, el 28 de febrero de 2009.

La Federación Peruana de Fútbol (FPF) es miembro de la FIFA y estatutariamente tiene la obligación de respetar y hacer respetar las normas reglamentarias aprobadas por la FIFA.

La ADFP-SD ha sido delegada por la FPF para la organización y gestión del Campeonato de Fútbol de Segunda División, estando legitimados para poder participar en dicho Campeonato (que determina beneficios deportivos para su ganador) los clubes de fútbol que tengan al inicio de cada temporada deportiva la calidad de asociados de la ADFP-SD, estando a su vez todos y cada uno de los asociados de la ADFP-SD así como su Junta Directiva obligados a cumplir y hacer cumplir las normas reglamentarias emitidas por la FIFA y por la propia FPF, que permiten el desarrollo del fútbol en nuestro país.

Las “Reglas de Juego” establecen la participación en el partido de fútbol de los árbitros y árbitros asistentes, quienes conforme al Código Disciplinario de la FIFA, adquieren la categoría de “Oficiales del Partido”, la cual comparten adicionalmente con el Comisario, Oficial de Seguridad e Inspector de Árbitros. La definición de esta clasificación se encuentra recogida en el numeral 7º del artículo 5º del Código Disciplinario de la FIFA, que reproducimos a continuación:

“(…) Oficial de partido: El árbitro, los árbitros asistentes, el cuarto árbitro, el comisario de partido, el inspector de árbitros, el responsable de la seguridad, así como otras personas delegadas por la FIFA para asumir responsabilidades en relación con el partido. (…)”

Esta norma del Código Disciplinario de la FIFA se encuentra recogida en el numeral 6º del artículo 5º del Reglamento Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol, que a continuación reproducimos:

“(…) Oficial de partido: el árbitro, los árbitros asistentes, el cuarto árbitro, el comisario de partido, el inspector de árbitros, el responsable de la seguridad, así como otras personas delegadas por la FPF , sus Asociaciones o Ligas para asumir responsabilidades en relación con el partido. (…)”

Es indispensable resaltar que SOLO LOS ARBITROS Y SUS FUNCIONES ESTAN COMPRENDIDOS en las “Reglas de Juego”, mientras que en el caso de los comisarios, inspector de árbitros y responsable de seguridad se encuentran comprendidos en el documento denominado “DIRECTIVAS PARA LOS OFICIALES DE PARTIDO DE LA FIFA” , en los cuales se establece de manera detallada y muy especifica cuáles son las funciones de los comisarios antes, durante y después de cada partido para el cual han sido designados, no existiendo en ninguna parte mención alguna al control de sustituciones de jugadores.

1.2. Normas Reglamentarias del Fútbol aplicables al caso
Señor Presidente se ha determinado por la Comisión de Justicia como punto controvertido si es que a partir de los informes arbitrales (corregidos por impulso de parte) y los informes de los comisarios de los partidos, correspondientes a la 5ª y 6ª fecha del Torneo 2010, el Club COBRESOL cumplió con hacer jugar a su jugador de la Categoría Sub-20 los minutos necesarios (señalados en su resolución) para poder dar por satisfecho el requisito mínimo de 820 (ochocientos veinte) minutos sin reducción de puntos, para lo cual es indispensable que se califique si es válido o no el informe arbitral corregido a impulso de parte. Al respecto conforme procederemos a demostrar a continuación, el Club COBRESOL no cumplió con el requisito mínimo de 820 (ochocientos veinte) minutos establecido en las Bases del Torneo 2010, dado que se ha incurrido en un VICIO INSUBSANABLE al utilizar para el cálculo de la bolsa de minutos, Informes Arbitrales corregidos a impulso de parte y transgrediendo toda la reglamentación FIFA y nacional.

a) La actual REGLA 5 de las “Reglas de Juego” autorizadas por la IFAB y publicadas por la FIFA en su página web , señala expresamente que durante un partido de fútbol el árbitro “(…) tendrá la autoridad total para hacer cumplir las Reglas de Juego en dicho encuentro (…)”; la misma REGLA 5 señala expresamente que “(…) el árbitro (…) actuará como cronometrador y tomará nota de los incidentes en el partido (…) remitirá a las autoridades competentes un informe del partido, con datos sobre todas las medidas disciplinarias tomadas contra jugadores o funcionarios oficiales de los equipos y sobre cualquier otro incidente que haya ocurrido antes, durante y después del partido (…)”.

b) Se entiende como un incidente ocurrido durante un partido la sustitución de jugadores. La REGLA 3 de las “Reglas de Juego”, establece de manera específica el procedimiento para sustitución de jugadores; es decir, conforme a las “Reglas de Juego” aprobadas por la IFAB, el árbitro se encuentra obligado a incorporar en su informe del partido los incidentes relacionados con la sustitución de jugadores. Cabe resaltar que este informe del partido es también conocido como “Informe Arbitral” o “Informe del Árbitro”, denominaciones que pueden ser utilizadas de manera indistinta, gozando el informe arbitral de Presunción de Veracidad.

c) El Código Disciplinario de la FIFA aprobado por el Comité Ejecutivo de la FIFA en su sesión del 20.12.2008, señala en su artículo 98º, que la presunción de veracidad que tiene el “Informe Arbitral” admite prueba en contrario , es decir, que si bien es cierto un “Informe Arbitral” puede contener una serie de hechos o incidentes señalados por el árbitro de un partido de fútbol, estos pueden ser erróneos y por tanto pueden ser sujeto de cuestionamiento por quien tenga legitimidad para cuestionarlos.

Esta norma contenida en el Código Disciplinario de la FIFA es de APLICACIÓN OBLIGATORIA en el torneo nacional, y la FPF recientemente la ha regulado al incorporarla en el artículo 102º del Reglamento Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol, cuyo tenor reproducimos a continuación:

“(…) Artículo 102. Informes de los oficiales de partido
1. Los hechos descritos en los informes de los oficiales de partido gozan de presunción de veracidad.
2. Ello no obstante, cabe siempre la prueba en contrario (…)”

La legitimidad para cuestionar un Informe Arbitral se encuentra regulada no solo por los principios procesales del derecho relacionados con la legitimidad para obrar, sino también con el cumplimiento de los requisitos formales relacionados con este derecho.

d) En el literal d) del artículo 20º de las Bases del Torneo 2010, organizado por la ADFP-SD, señala expresamente que los clubes participantes deberán acreditar la participación de jugadores de la categoría Sub-20 en un total de 820 (ochocientos veinte) minutos durante su participación en el Torneo y con una restricción de no más de 70 (setenta) minutos por partido; el mismo artículo, establece una penalización para los equipos que no pudiesen cubrir la “Bolsa de Minutos” equivalente a la pérdida de 03 (tres) puntos del acumulado al finalizar el referido Torneo 2010, por cada 70 (setenta) minutos o fracción de 70 que le falte para lograr el mínimo de minutos establecido en las Bases del Torneo 2010. Cabe resaltar que todos los clubes asociados a la ADFP-SD conocían dicha norma, la misma que a su vez había sido puesto en conocimiento de la FPF para su aprobación previa al inicio del Torneo 2010.

La única función de la Junta Directiva de la ADFP-SD con relación a la información contenida en los informes arbitrales, es verificar los intervalos de tiempo que hubiese jugado un jugador de la categoría Sub-20 y computar con ellos el cumplimiento de los minutos mínimos establecidos en las Bases del Torneo 2010, así como, las sanciones disciplinarias que pudiesen haber sido impuestas por los árbitros como consecuencia del desarrollo de los partidos. Con lo cual, cualquier tipo de cuestionamiento con relación al contenido de los informes arbitrales necesariamente debía ser tramitado a través de la Comisión de Justicia, quien en ese momento tenía que verificar que el recurrente cumpliese con los requisitos de forma y fondo establecidos en la reglamentación vigente.

La contabilización de los minutos que eran cumplidos por los clubes de fútbol, era llevada por la Junta Directiva de la ADFP-SD, la misma que para dichos efectos utilizaba el registro de la participación inicial y posterior sustitución de jugadores de cada club, que conforme a la REGLA 5 de las “Reglas de Juego” era llevada por el árbitro de cada partido de fútbol y consignada en el “Informe Arbitral” que se ponía en conocimiento de la ADFP-SD por parte de los árbitros de cada partido. En este punto resulta indispensable resaltar que la Junta Directiva de la ADFP cumplió adecuadamente con la contabilización de los minutos de juego de los jugadores de la categoría Sub-20 siguiendo la información obtenida del Informe Arbitral y no COMO ERRONEAMENTE SE MENCIONA EN LA RESOLUCION IMPUGNADA en la cual se tergiversan los hechos al mencionarse en el numeral sexto de los considerandos que la Junta Directiva tomaba la información de los Informes de Comisarios, pretendiendo con este razonamiento señalar que en el caso especifico de las sustituciones de los jugadores Sub-20 es el Comisario quien tiene el control de los mismos, demostrando con ello un total desconocimiento de las “Reglas de Juego” y de las obligaciones de los Oficiales del Partido como lo señalaremos oportunamente.

1.3. Cuestionamientos a los Informes Arbitrales y su extemporaneidad en el reclamo

Como se ha mencionado precedentemente, la reglamentación deportiva vigente reconoce una presunción de veracidad sobre los incidentes contenidos en el “Informe Arbitral”, pero esta presunción no es absoluta, con lo cual permite un cuestionamiento por parte de quienes consideren que estos incidentes contenidos en el informe arbitral pueden afectar sus derechos.

Es evidente señor Presidente, que al haberse establecido para el Torneo 2010 organizado por la ADFP-SD una cantidad mínima de minutos que debían ser cumplidos por jugadores de la categoría Sub-20, ante la probabilidad de que los informes arbitrales de los partidos que jugó el Club COBRESOL contra el Torino y el Tecnológico, en el mes de julio hubiesen contenido información incorrecta que derivara en un registro errado de los minutos jugados por jugadores de la categoría Sub-20; el Club COBRESOL, al amparo de la reglamentación deportiva vigente tenía el legítimo derecho de poder cuestionar los informes arbitrales y pedir la rectificación de los mismos.

Sin embargo, no es menos cierto que dicho cuestionamiento debía cumplir con 02 (dos) requisitos insubsanables contenidos en las propias Bases del Torneo 2010:

1. Plazo para interponer el cuestionamiento.- El artículo 73º de las Bases de Torneo 2010 señala expresamente que cualquier discrepancia relacionada con el contenido del “Informe Arbitral” debía hacerse dentro de un plazo que en ningún caso superase la fecha en la cual la Comisión de Justicia de la ADFP-SD sesione para revisar la fecha del Torneo 2010 relacionada con el referido “Informe Arbitral”, lo cual en la práctica implica un plazo no mayor a cinco días calendario de emitido el mismo.

Es decir señor Presidente, que los informes arbitrales correspondientes a los partidos de fútbol que jugó el Club COBRESOL contra el Club Atlético Torino y el Club Tecnológico de Pucallpa por el Torneo 2010, que se llevaron a cabo los días 04 y 11 de julio, respectivamente, debieron haberse cuestionado como máximo hasta antes que se inicie la siguiente sesión de la Comisión de Justicia de la ADFP-SD.

Transcurrido el plazo señalado en el párrafo precedente y dado que no se realizó cuestionamiento alguno al contenido de los “Informes Arbitrales” de los dos partidos materia de análisis, el Club COBRESOL perdió el derecho de poder cuestionar los mismos, dado que el plazo establecido en las Bases del Torneo 2010 de la ADFP-SD es un PLAZO DE CADUCIDAD.

Ha quedado acreditado en el presente proceso, conforme se reconoce en los numerales 7 y 8 de la parte introductiva (“vistos”) de la resolución impugnada, que recién en el mes de setiembre el Club COBRESOL cuestionó los Informes Arbitrales emitidos con fechas 04 y 11 de julio, es decir, más 70 (setenta) días después de haber sido emitidos y de haberse vencido el plazo de caducidad que tenían para recurrir contra el contenido de dichos informes arbitrales.

2. Órgano competente para interponer el cuestionamiento.- Conforme a lo señalado en el artículo 73º de las Bases del Torneo 2010, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD es el órgano competente para tramitar cualquier tipo de controversia o cuestionamiento con relación al informe arbitral.

Es evidente que esta calificación del cumplimiento de los requisitos de forma y fondo por parte de la Comisión de Justicia de la ADFP-SD frente al reclamo que debió haber presentado el Club COBRESOL hubiese derivado en la determinación de la caducidad del reclamo, con lo cual los informes originales no habrían sufrido ningún tipo de variación, manteniéndose por ende la información que se encontraba registrada en la “Bolsa de Minutos” jugados por jugadores de la categoría Sub-20 por parte del Club COBRESOL, lo que finalmente derivaba en la reducción de tantos puntos como fuesen necesarios del cuadro final para cumplir con las disposiciones contenidas en las Bases del Torneo 2010.

Por el contrario y contraviniendo la reglamentación deportiva, el Club COBRESOL sorprendió a la Presidencia de la Junta Directiva de la ADFP-SD presentándole un cuestionamiento a los informes arbitrales (a pesar de no ser el órgano competente para revisar este cuestionamiento), el mismo que sin la debida calificación por parte de la Presidencia de la Junta Directiva de la ADFP-SD fue derivado por ésta a la Comisión Nacional de Árbitros (CONAR) a efectos de que verifiquen los cuestionamientos realizados por el Club COBRESOL, pese a haber caducado cualquier derecho de cuestionamiento y sin ser advertido por ninguno de los órganos administrativos antes indicados. Pese a existir esta grave irregularidad en la admisión a trámite del cuestionamiento realizado por el Club COBRESOL a los informes arbitrales, la CONAR remitió a los árbitros Federico Sosa y Yovanni Quevedo estos cuestionamientos para permitir de parte de estos la extemporánea preparación y presentación de informes arbitrales ampliatorios que modificaron los Informe Arbitrales originales, es decir, que de manera extemporánea y sin que sea competente la Junta Directiva, se permitió un cuestionamiento a los Informes Arbitrales que terminó en una aceptación extemporánea de dichos cuestionamientos sin conocimiento alguno de la Comisión de Justicia de la ADFP-SD.

Como ya lo hemos demostrado, el Club COBRESOL a través de un procedimiento IRREGULAR y fraguado única y exclusivamente para permitirle cubrir el requisito mínimo de minutos jugados por jugadores de la categoría Sub-20 sin que se le descotasen puntos, obtuvo documentos que fueron utilizados INDEBIDAMENTE por la Junta Directiva de la ADFP-SD para modificar inconsultamente y en perjuicio de los demás participantes del Torneo 2010 el cuadro de minutos acumulados del Club COBRESOL.

1.4. Vicios Insubsanables en el Procedimiento de Modificación de Informes Arbitrales y Minutos Acumulados de Jugadores Categoría Sub-20

Es IMPOSIBLE JURIDICAMENTE pretender que el plazo contenido en el artículo 73º de las Bases del Torneo 2010 organizado por la ADFP-SD, no sea considerado como un PLAZO DE CADUCIDAD. Tal como lo han reconocido los eminentes juristas peruanos doctores FELIPE OSTERLING PARODI y MARIO CASTILLO FREYRE, en el Perú “(…) todo prescribe o caduca, a menos que la propia ley señale –de manera expresa- que determinada acción no prescribe o que determinado derecho no caduca (…)”.

El Club COBRESOL perdió por inacción su derecho a cuestionar el contenido del Informe Arbitral de los partidos de fútbol que jugó contra el Club Atlético Torino y el Club Tecnológico de Pucallpa y que se llevaron a cabo los días 04 y 11 de julio, respectivamente. Resulta importante resaltar que hablar de la pérdida del derecho de acción es hablar de caducidad, ya que ésta extingue el derecho y la acción correspondiente, tal como lo prescribe el artículo 2003º del Código Civil, por tanto, cuando nos encontramos en el supuesto de caducidad de un derecho por el transcurrir del tiempo en que se debió ejercer dicho derecho, estamos hablando clara y particularmente de la pérdida del derecho de acción por parte de quien no tuvo la diligencia de ejercitar su derecho en el tiempo establecido por la norma para realizar, en este caso del Club COBRESOL.


Conforme lo señala el gran jurista LUIS DIEZ-PICASSO PONDE DE LEON, “(…) el objeto inmediato o directo (…)son las facultades jurídicas y, más concretamente, dentro de ellas, las facultades de exigir(…)” . La caducidad constituye un límite del ejercicio subjetivo, ya que todo derecho debe ser ejercido dentro de un plazo razonable, dado que es antisocial y contrario al fin para el que se ha concedido, el ejercicio retrasado o la inercia. Por lo que en razón de la INACCIÓN del titular del derecho que pudiendo hacer valer no lo hace, éste pierde la facultad de exigirlo compulsivamente.

Como puede apreciarse, la norma (art. 2003º Código Civil), precisa que la caducidad, al extinguir el derecho, extingue también la acción que genera o, para mayor claridad, la pretensión que ha debido hacerse valer dentro del plazo prefijado por la ley.

En este orden de ideas el derecho de acción contiene dos condiciones para su efectiva realización las cuales son:
a) el interés para obrar; y,
b) la legitimidad para obrar;

Por tanto, si el derecho de acción del Club COBRESOL con respecto al contenido de los Informes Arbitrales se vio afectado por la caducidad, dicha caducidad afectara de igual forma a las condiciones de la acción entre las que se encuentra la legitimidad para obrar, por lo que, el hecho de que se haya perdido por caducidad el derecho de acción, deriva también en la perdida de la legitimidad para obrar para poder llevar cualquier tipo de cuestionamiento ante los órganos jurisdiccionales o administrativos de la ADFP-SD, motivo por el cual debió haberse rechazado de plano el pedido o cuestionamiento que en su oportunidad hizo el Club COBRESOL al cuadro de control de minutos jugados por jugadores de la categoría Sub-20 preparado por la Junta Directiva de la ADFP-SD, puesto que dicho cuadro era preparado con la información de los incidentes de los partidos incorporado en los informes arbitrales y que como ya lo hemos señalado, podía ser cuestionado por el referido club, pero solo dentro del plazo señalado en el artículo 73º de las Bases del Torneo 2010, lo cual no sucedió, habiendo PERDIDO SU DERECHO de poder cuestionar los mismos.

Sin embargo, debido a un error de parte de la Presidencia de la ADFP-SD, se procedió a tramitar el cuestionamiento realizado por el Club COBRESOL al contenido de los informes arbitrales, procedimiento que además fue completamente irregular puesto que conforme a la reglamentación vigente, este procedimiento de cuestionamiento debía tramitarse a través del órgano disciplinario de la ADFP-SD (artículo 73º de las Bases del Torneo 2010), por lo que se incurrió en un VICIO INSUBSANABLE tanto en la forma de tramitación del procedimiento, como en el inicio del mismo, dado que conforme ya lo hemos demostrado el Club COBRESOL había perdido su derecho de cuestionar los informes arbitrales, al haber caducado el plazo para cuestionar los mismos, más allá del hecho evidente de que los informes ampliatorios recibidos más de 2 meses después de haberse emitido los originales han sido redactados por la misma persona que NI SIQUIERA SE DIO EL TRABAJO DE CORREGIR LOS ERRORES EN LOS REFERIDOS INFORMES Y QUE SOLO SE LIMITO A CAMBIAR EL NOMBRE DEL ARBITRO.

Es evidente que al momento de evaluar nuestro reclamo, no se ha realizado una correcta valoración y aplicación de las normas reglamentarias vigentes ni de nuestro ordenamiento jurídico, al haberse limitado a considerar el principio de presunción de veracidad del informe arbitral, pero sin tener en cuenta que en el presente caso los UNICOS INFORMES ARBITRALES deportiva y jurídicamente existentes y que deben ser considerados por la Comisión de Justicia de la ADFP-SD son los que se emitieron como consecuencia de haberse celebrado los partidos de fútbol que jugó el Club COBRESOL contra el Club Atlético Torino y el Club Tecnológico de Pucallpa y que se llevaron a cabo los días 04 y 11 de julio, respectivamente, y que no fueron cuestionados por ninguno de los clubes intervinientes en dichos encuentros dentro del plazo establecido por el artículo 73º de las Bases del Torneo 2010.

Ahora bien, habiendo dejado claramente establecido que no puede ser considerado como parte del presente expediente los informes ampliatorios que de manera antirreglamentaria e irregular fueron tramitados y obtenidos por el Club COBRESOL, se debe proceder con la rectificación del conteo de minutos jugados por los jugadores de la categoría Sub-20 del referido Club, lo que derivará necesariamente en la aplicación de la sanción deportiva establecida en las propias Bases del Torneo 2010 para aquellos clubes que no cumplan con esta obligación de permitir un número mínimo de minutos de juego a sus jugadores de la categoría Sub-20 y producto de ello se deberá reducir 03 (tres) puntos en el acumulado del presente Torneo 2010 por cada 70 (setenta) minutos o fracción de 70 que falte para acumular los 820 (ochocientos veinte) minutos.

1.5. Oportunidad de reclamo presentado por el Club Sport Ancash
Señor Presidente, de manera indebida e incorrecta, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD ha ABDICADO a sus obligaciones como órgano disciplinario elegido por la ADFP-SD para velar por la legalidad del Torneo 2010, al haber señalado en el numeral sexto de la parte considerativa de la resolución impugnada que se abstiene de opinar y/o pronunciarse con relación a la esencia de nuestro reclamo, pretendiendo señalar sin ningún tipo de fundamento legal que nuestro derecho de reclamar con relación a las modificaciones a la “Bolsa de Minutos” había fenecido, es decir, que a criterio de la Comisión de Justicia de la ADFP-SD nuestro derecho había caducado.

Por el contrario señor Presidente, nuestro derecho no ha caducado dado que no existe norma alguna que establezca un plazo de caducidad o de prescripción para cuestionar VICIOS INSUBSANABLES cometidos por la Junta Directiva en el control de la “Bolsa de Minutos”, a diferencia del plazo de caducidad que si ha corrido para el Club COBRESOL y que a pesar de ello la Junta Directiva procedió a tramitar de manera irregular el cuestionamiento que hizo dicho club a los informes arbitrales. Por lo que pese a existir tan grave irregularidad que afecta el desarrollo del Torneo 2010, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD ha decidido de manera irregular abdicar a sus obligaciones de órgano jurisdiccional y convalidar con ello la irregular y antirreglamentaria acción cometida por el Club COBRESOL.

1.6. Discrepancia entre Informes de Oficiales del Partido

Señor Presidente, ha quedado debidamente acreditado que ante la existencia de alguna discrepancia entre los informes que sean emitidos por los Oficiales del Partido, tendrá prevalencia el Informe del Árbitro.

El artículo 102º del Código Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol en su numeral 3º señala expresamente que en caso de discrepancia entre los informes, el que prima tratándose de incidencias dentro del terreno de juego es el Informe del Árbitro, habiendo a su vez establecido que la sustitución de jugadores es un procedimiento que se encuentra a cargo del árbitro. Ahora bien, es evidente que al Comisario del Partido se la ha asignado una función adicional relacionada con el juego de los jugadores Sub-20 y que se encuentra contenida en el formato que estos preparan a la culminación del partido, pero no es menos evidente, que en caso de existir alguna discrepancia entre la información consignada por el Comisario del Partido y el Árbitro del mismo, la que prima es la información de árbitro, al ser esta una obligación especifica del árbitro contenida en las “Reglas de Juego”, que como ya hemos mencionado son de aplicación universal.

Por lo tanto, pretender como se ha mencionado en el numeral sexto de la parte considerativa de la resolución impugnada que el control de la “Bolsa de Minutos” que se le da a la Junta Directiva de la ADFP-SD se extiende a los Comisarios como si se tratase de un apéndice de la Junta Directiva es un absurdo que no admite sustento alguno. Señor Presidente, la única función de la Junta Directiva era una función administrativa de control y administración de la “Bolsa de Minutos” a partir de la información contenida en los Informes Arbitrales, tal como lo hizo durante todo el Torneo 2010, o es que ¿por el solo hecho de que figura en el formato de los comisarios ya es un tema de su total autonomía?, acaso señor Presidente ¿por el solo hecho de que figure en el Informe del Comisario el resultado de un partido se va a poner en duda el resultado que consigna el árbitro en su informe cuando hay diferencias o discrepancias con el del comisario?, la respuesta es evidente y es en sentido negativo, es decir, que ante cualquier discrepancia lo que va a primar siempre es el informe del árbitro. Resulta indispensable resaltar que esta premisa no es exclusiva de la FPF, por el contrario está contenida en el numeral 3º del artículo 98º del Código Disciplinario de la FIFA.

1.7. Extemporaneidad de Informes Ampliatorios
Señor Presidente, más allá de la evaluación de la forma y modo como se obtuvieron los informes ampliatorios con los cuales se pretende validar las modificaciones a la “Bolsa de Minutos”, es importante señalar la extemporaneidad con la cual han sido emitidos estos por los árbitros de los partidos materia de cuestionamiento CADUCO por parte del Club COBRESOL.

No existe norma alguna de la FIFA o de la FPF, que permita la posibilidad de preparar un Informe Ampliatorio a un Informe Arbitral con más de 2 meses de diferencia entre uno y otro y, menos aún que el segundo informe modifique liminarmente el contenido del primero. Si revisamos todos y cada uno de los reglamentos emitidos por la FIFA en los últimos 15 (quince) años como consecuencia de la organización de campeonatos internacionales o si revisamos los reglamentos de la CONMEBOL emitidos por la misma razón y, que conforme a lo dispuesto en el artículo 152º del Código Único de Justicia Deportiva de la Federación Peruana de Fútbol son normas de aplicación supletoria de uso obligatorio por las comisiones disciplinarias en caso de existir algún tipo de vacio, se podrá verificar que los informes ampliatorios consisten en anexos a los informes arbitrales que se expiden cuando los incidentes ocurridos en un partido de fútbol no pueden ser totalmente descritos en los formularios de informes arbitrales que se les proporcionan a los señores árbitros y que son entregados al organizador conjuntamente con el Informe Arbitral; cabe aclarar que la oportunidad de entrega de un informe ampliatorio es un “uso y costumbre” en la práctica del fútbol nacional en la cual en múltiples oportunidades los señores árbitros han visto por conveniente redactarlos y presentarlos, pero NUNCA EN LA HISTORIA del fútbol nacional ni mundial ha ocurrido una situación como la presente en la cual después de más de dos meses los árbitros expiden informes ampliatorios que modifican el tenor de su Informe Arbitral y lo peor aún es que una comisión disciplinaria los acepta, esta situación no puede validarse carece de toda lógica y sustento jurídico y atenta contra la seguridad jurídica deportiva.

2. INCORRECTA DETERMINACION DE LOS HECHOS

Señor Presidente, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD comete un terrible error en la determinación de los hechos materia de cuestionamiento, dado que mi representada en ningún momento ha pretendido determinar si es que el jugador del Club COBRESOL jugó o no la cantidad de minutos consignada en el informe ampliatorio, mi representada lo que en todo momento ha hecho es CUESTIONAR LA LEGALIDAD DE LA MODIFICACION DE LA “BOLSA DE MINUTOS” CORRESPONDIENTE AL CLUB COBRESOL DERIVADA DE LA OBTENCIÓN IRREGULAR DE INFORMES ARBITRALES AMPLIATORIOS, lo que a su vez determinaba la obligación de la ADFP-SD de reducirle puntos en el acumulado del Torneo 2010 al Club COBRESOL, por no haber cumplido con las disposiciones contenidas en las Bases del 2010.

Resulta por demás increíble cómo es que con la finalidad de tratar de justificar esta INCORRECTA DETERMINACION DE LOS HECHOS MATERIA DE DISCUCION, la Comisión de Justicia ha aceptado medios probatorios instrumentales que no gozan de seguridad alguna y que han sido manipulados por el Club COBRESOL para fines que desconocemos pero que inferimos deben estar relacionados con enfrentar nuestro reclamo. Conforme a los señalado en el numeral 16 de la parte introductiva de la Resolución Impugnada, la Comisión de Justicia de la ADFP-SD ha tomado como medio probatorio instrumental un video del partido sostenido entre el Club COBRESOL y Atlético Torino, sin embargo, al revisar la parte considerativa y resolutiva de la Resolución Impugnada, se puede determinar que la Comisión ha procedido a evaluar la participación efectiva del jugador Sub-20 en el referido partido de fútbol, determinando que supuestamente el jugador en cuestión habría jugado la cantidad de tiempo consignada en el informe ampliatorio obtenido más de 02 (dos) meses después de caducado cualquier derecho de cuestionar el contenido de los informes arbitrales originales; sin embargo, es indispensable que para que cualquier prueba sea valorada esta cuente con la certificación del caso por parte del órgano regulador o administrativo y, en caso de tratarse de medios probatorio de parte, se debe verificar la autenticidad de la prueba aportada antes de siquiera entrar a una revisión de la misma, por lo que no se desprende de la resolución impugnada ¿qué medios utilizaron para validar la información? Ni tampoco, se desprende de la resolución impugnada ¿cómo hicieron para validar o transponer los minutos de juego que han sido materia de edición en el video ofrecido como medio probatorio?, es decir, señor Presidente, que la Comisión de Justica de la ADFP-SD ha cometido un lamentable error en la determinación de los hechos materia de cuestionamiento, puesto que como se puede verificar de la simple visualización del video ofrecido como medio probatorio y que NO NOS FUERA CORRIDO TRASLADO OPORTUNAMENTE, éste se encuentra manipulado y editado no existiendo seguridad alguna sobre la temporalidad de las sustituciones, ésta manipulación y edición del video que afecta la veracidad de su contenido se puede evidenciar con la simple comparación del tiempo en el cual es mostrada la tarjeta amarilla al jugador No. 18 del Club Atlético Torino, al cual en el Informe Arbitral se le impone la tarjeta amarilla a los 19 minutos de juego, mientras que en el video esta es impuesta a los 15 minutos del juego, es decir, que si aceptáramos como válida esta prueba entonces tendríamos que modificar todo el contenido del Informe Arbitral.

Al margen de lo anteriormente indicado, no se debe dejar de lado el hecho fáctico que ya había caducado cualquier derecho de cuestionamiento o reclamo por parte del Club COBRESOL con relación a los Informes Arbitrales, por lo que la Comisión de Justicia de la ADFP-SD mal podía validar los Informes Ampliatorios preparados a pedido de parte por los árbitros de los partidos en cuestión.

De igual manera, se desprende de la lectura de la resolución impugnada que se ha considerado como medio probatorio instrumental una grabación del partido jugado entre el Tecnológico de Pucallpa y el Club COBRESOL, mediante el cual supuestamente la Comisión de Justicia de la ADFP-SD habría confirmado el contenido del Informe Ampliatorio presentado por el árbitro de dicho partido, sin embargo, nuevamente nos encontramos con las mismas interrogantes que en el caso del video indebida admitido como medio probatorio absoluto, como ¿qué medios utilizaron para validar la información? Ni tampoco, se desprende de la resolución impugnada ¿cómo hicieron para validar o transponer los minutos de juego que han sido materia de edición en el audio ofrecido como medio probatorio?, es decir, señor Presidente, que no se ha valorado adecuadamente la veracidad de la instrumental ofrecida, ni si la misma ha sido o no manipulada (editada), no permitiendo por ende una correcta evaluación de los hechos.

POR TANTO:

Solicito a usted señor Presidente admitir la presente apelación y elevar los actuados al Superior Jerárquico para que en su oportunidad declare fundada la apelación, revocando la resolución de primera instancia y reformándola.

OTROSI DIGO: Que cumplo con adjuntar el recibo de pago de la tasa de apelación y copias suficientes del presente recurso.

Lima, 10 de Noviembre de 2010

viernes, 5 de noviembre de 2010

RECLAMOS DE TRABAJADORES PESQUEROS DE LAS EMPRESAS HAYDUK Y COPEINCA HALLAN SOLUCIÓN EXTRAPROCESO.


El congresista de la República José Mallqui Beas inmediatamente tomó conocimiento, por información periodística, que los pescadores de las Empresas Pesqueras Hayduk S.A y Corporación Pesquera Inca S.A.C, en la localidad de Chimbote, iniciaron una serie de medidas de protesta para poner fin al problema remunerativo y otros abusos que venían afrontando en manos de los empresarios de las firmas aludidas; en ejercicio de las facultades de control y de representación inherentes a su función congresal, solicitó a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, disponer las acciones y medidas preventivas y/o correctivas que la urgencia del caso ameritaba, a fin de evitar conflictos sociales de imprevisibles consecuencias.

Al respecto, mediante Oficio Nº 3857-2010-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha respondido informando que los representantes de las empresas Hayduk y Copeinca fueron convocados por la Dirección General de Trabajo del Sector, para que se efectúen las respectivas reuniones extraproceso con los trabajadores y que como corolario de las mismas se han suscrito las correspondientes actas de acuerdo final mediante los cuales se solucionan los reclamos remunerativos que aquejaban tanto a los tripulantes de la Pesquera Hayduk como a los de Copeinca, además de haberse logrado otras justas reivindicaciones sociales como la activación del Seguro Complementario por Trabajo de Riesgo en temporada de veda, préstamos entre otros beneficios para los hombres de mar.

Finalmente se ha restablecido la normalidad de las relaciones laborales y además existe el compromiso mutuo de evitar cualquier medida que pueda afectar la armonía que debe primar por parte de las empresas y cada uno de sus trabajadores.

Lima, 04 de noviembre de 2010

PARLAMENTARIO JOSÉ MALLQUI VISITÓ LA MICRO RED DE SALUD DE RECUAY – BOLOGNESI DEL DISTRITO DE SAN MIGUEL DE CORPANQUI.


El congresista José Mallqui Beas en cumplimiento de su función de representación, realizó una visita de trabajo a la Micro Red de Salud San Miguel de Corpanqui de la jurisdicción de la provincia de Recuay – Bolognesi, donde sostuvo una reunión con autoridades y personal de dicha dependencia tomando conocimiento de la problemática social de la zona, materializada en uno de los pueblos más alejados y olvidados de la Región Ancash.

La Dra. Milagros Pollack Gonzáles, autoridad de dicha dependencia de salud, además de destacar la presencia del congresista ancashino, informó sobre las carencias y múltiples problemas que padecen y les dificulta brindar una atención adecuada como la escasez de personal de salud, insuficiencia de medicamentos, rutas de difícil acceso teniendo incluso que efectuar recorridos, en algunos casos, de más de 4 horas a pie como es el caso del traslado de Llaclla a la Primavera.

El Parlamentario lamentó la difícil condición del Sector Salud en el distrito de San Miguel de Corpanqui, felicitando al personal médico y demás trabajadores que a pesar de los inconvenientes hacen lo imposible, laborando en medio de precarias condiciones. Al mismo tiempo, se comprometió a gestionar la dotación de analgésicos, sulfato ferroso, entre otros medicamentos y canalizar sus múltiples demandas ante el Gobierno Regional y Ministerio de Salud.

Lima, 27 de octubre de 2010

LA RENIEC EN LA PROVINCIA DE BOLOGNESI ATENDERÁ CON NORMALIDAD



La Oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con sede en la provincia de Bolognesi - Región Ancash, atenderá de lunes a viernes ininterrumpidamente en horario de oficina, ya que se ha dispuesto la contratación de personal permanente para una atención adecuada.

Con anterioridad el servicio se efectuaba de manera esporádica perjudicando a miles de usuarios de los 15 distritos de la provincia de Bolognesi quienes debían movilizarce a la ciudad de Chiquian para realizar sus respectivos trámites encontrando la mencionada Oficina generalmente cerrada.

Esta situación no se repetirá más porque el Congresista José Mallqui Beas luego de enterarse de este indignante y molesto problema, en cumplimiento de sus funciones parlamentarias, solicitó la pronta solución al impase ocasionado, recibiendo respuesta a sus exigencias mediante Oficio Nº 001986-2010/GOR/JR5CHIM/RENIEC emitido por la Jefatura Regional de Chimbote RENIEC en los términos precedentes.

Lima, 20 de octubre de 2010

DISTRITO DE HUALLANCA RETORNÓ A SEDE JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE BOLOGNESI.


El distrito de Huallanca ubicado en el corazón de los Andes en el departamento de Ancash retornó a la Sede Judicial de la provincia de Bolognesi ciudad de Chiquian, tierra del recordado justiciero Luis Pardo Novoa.

El Poder Judicial presidido por el Dr. Javier Villa Stein corrigió una decisión apresurada que anexaba al distrito de Huallanca a la competencia jurisdiccional de la provincia Dos de Mayo en la Región Huánuco para conocer de todo lo referente a procesos judiciales.

El complejo tema se inició cuando el Frente de Defensa de los intereses del Pueblo (FEDIP) de la provincia Dos de mayo a iniciativa propia, atribuyéndose funciones que no le corresponden, solicitó ante el Poder Judicial la incorporación del distrito de Huallanca a la sede Judicial de Huáuco argumentando situación de cercanía y facilidades en el transporte, entre otros supuestos beneficios.

Lo cierto es que las autoridades y dirigentes de la provincia de Dos de Mayo estarían interesados en la incorporación del distrito de Huallanca a Huánuco por los beneficios de canon y otros que otorgan las empresas mineras ubicadas en Huallanca distrito del departamento de Ancash.

El parlamentario José Mallqui Beas, quien recientemente estuvo recorriendo a caballo estos hermosos y alejados territorios, inmediatamente tomó conocimiento de esta delicada situación y a pedido de la poblaicón del lugar inició las gestiones ante el Poder Judicial la que a través de su Consejo Ejecutivo dejó sin efecto la Resolución Administrativa Nº 084-2010-CE-PJ que incorporaba al distrito de Huallanca a la competencia jurisdicional de la provincia de Dos de Mayo.

Hoy los huallanquinos están satisfechos con la decisión adoptada y podrán realizar nuevamente sus trámites y procesos judiciales en los Juzgados de Chiquian de la provincia de Bolognesi, Departamento y Distrito Judicial de Ancash efectuando un recorrido mucho menor a través de una vía asfaltada y afirmada.
Lima 19 de octubre de 2010